Tasa por ocupaciones del subsuelo, suelo y vuelo de la vía pública

Empresas explotadoras de servicios de suministro

Obligados al pago

Están obligados al pago de la tasa regulada en esta Ordenanza las personas o entidades a cuyo favor se otorguen las licencias, o quienes se beneficien del aprovechamiento, si se procedió sin la oportuna autorización.

Tarifa

Las empresas explotadoras de servicios de suministro que resulten de interés general o afecten a la generalidad o a una parte importante del vecindario, la cuantía de la tasa regulada en esta Ordenanza consistirá, en todo caso y sin excepción alguna, en el 1,5% de los ingresos brutos procedentes de la facturación que obtengan anualmente en este término municipal dichas empresas.

A estos efectos, se incluirán entre las empresas explotadoras de dichos servicios las empresas distribuidoras y comercializadoras de estos.

Gestión

Las empresas explotadoras de servicios de suministro presentarán, en los primeros quince días de cada trimestre natural, declaración relativa a los ingresos brutos obtenidos en el trimestre anterior, junto a la autoliquidación practicada mediante formulario dispuesto en la Sede electrónica del Ayuntamiento.

La declaración trimestral se acompañará de un extracto de la Contabilidad de la Empresa y de la documentación que en cada caso solicite el Ayuntamiento, y contendrá los siguientes elementos, según modelo que se facilitará al efecto:

a) Tipo de empresa: Distribuidora o comercializadora de electricidad, gas o telefonía fija.
b) Para el caso de empresas comercializadoras: empresa distribuidora.
c) Detalle mensual de los ingresos brutos facturados, conteniendo como mínimo por grupo de abonados o tarifas, su número y los ingresos por consumo y los obtenidos por (alquileres, conservación, acometidas, contratas, etc.)

Los órganos de gestión tributaria municipal, de acuerdo con la Delegación responsable de las autorizaciones, comprobarán que las autoliquidaciones se han efectuado correctamente.

 

Oficina Tramitadora

Administración de Rentas y Exacciones

Plaza de la Constitución, 1

Teléfono: 95 491 95 11

Correo electrónico: rentas@doshermanas.es

Horario de atención al público: 9:00 a 14:00 de lunes a viernes

Concejalías