La realidad determina diferentes supuestos relativos al empadronamiento de personas en el Municipio, en función del inmueble, nacionalidad, edad, etc. , por lo que la información que se ofrece tiene carácter general y en caso de dudas se hace imprescindible complementar la misma adaptándola a cada circunstancia concreta.

Dicha información adicional se puede obtener dirigiéndose al NEGOCIADO DE ESTADISTICA Y PADRON DE HABITANTES (TFNO.-954919508 y CORREO ELECTRONICO.- estadistica@doshermanas.es

PROCEDIMIENTO

1. CASOS GENERALES.-

MEDIANTE PRESENCIA FISICA Y CON PREVIA CITA CONCERTADA (SIN NINGUN TIPO DE SOLICITUD NI INSTANCIA) EN EL NEGOCIADO DE ESTADISTICA DEL AYUNTAMIENTO O EN LA OFICINA MUNICIPAL DE MONTEQUINTO.-

  • Con carácter general comparecerán todos los mayores de 18 años.
  • Si hubiere persona/s empadronadas habrá de comparecer la persona más antigua en la hoja de padrón debidamente identificada con la finalidad de autorizar el empadronamiento de las personas que se pretenden empadronar.

2. CASOS ESPECIALES.-

SE DEBE INICIAR EL EXPEDIENTE MEDIANTE SOLICITUD O INSTANCIA POR ESCRITO A PRESENTAR EN REGISTRO GENERAL O A TRAVES DE LA SEDE ELECTRÓNICA.

  • Si la vivienda es Titularidad Municipal o de la Junta de Andalucía.
  • Si la vivienda se encuentra en Parcela (suelo no urbanizable o suelo rústico) cuando no hay nadie empadronado perteneciente a la Unidad Familiar o vinculada a la misma.
  • Si se reside en una vivienda sin documentación alguna que justifique su ocupación.
  • Si quien pretende empadronarse o quien debe autorizar el empadronamiento por encontrarse ya inscrito en esa vivienda se encuentra imposibilitado por razón de salud u otras circunstancias de carácter excepcional (a analizar en cada caso concreto) para comparecer.

UNA VEZ FINALIZADOS LOS TRAMITES PREVIOS SE LES COMUNICARA (POR ESCRITO O TELEFONICAMENTE SEGÚN LOS CASOS) Y TENDRAN QUE ACUDIR PERSONALMENTE AL NEGOCIADO DE ESTADISTICA DEL AYUNTAMIENTO O A LA OFICINA MUNICIPAL DE MONTEQUINTO PARA EMPADRONARSE.

  • Con carácter general comparecerán todos los mayores de 18 años.
  • Si hubiere persona/s empadronadas habrá de comparecer la persona más antigua en la hoja de padrón debidamente identificada con la finalidad de autorizar el empadronamiento de las personas que se pretenden empadronar.

DOCUMENTACIÓN QUE DEBEN APORTAR PARA LA TRAMITACIÓN

1. RELACIONADA CON LA VIVIENDA.-

  • Escritura pública de compra-venta, Escritura pública de adjudicación de herencia, Escritura pública de liquidación de gananciales y cese de condominio, Nota simple del Registro de la Propiedad, Contrato privado de compra-venta o Documento análogo que justifique la titularidad si la vivienda es propiedad de quien pretende empadronarse.
  • Original del Contrato de Arrendamiento si quien pretende empadronarse ocupa el inmueble en calidad de inquilino.
  • Documento de cesión de uso si quien pretende empadronarse ocupa la vivienda sin satisfacer renta alguna (precarista) y tiene vínculo familiar con el propietario y en defecto de documento por no existir el mismo e inexistencia de vínculo habría de comparecer el propietario debidamente identificado y con el documento que acredita la propiedad, junto con la persona que pretende empadronarse debidamente identificado.

2. RELACIONADA CON LA IDENTIDAD DE LAS PERSONAS.-

  • Españoles.- Documento Nacional de Identidad original de todas las personas que lo tengan (obligatorio a partir de los 14 años).
  • Ciudadanos de la Unión Europea o que formen parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.- Pasaporte o documento nacional de identidad en vigor.
  • Resto de Extranjeros.- Tarjeta de Residencia o Pasaporte en vigor.
  • En caso de menores.- Será necesario el libro de familia original (si el menor tiene 14 años o más tendrá que aportar obligatoriamente el D.N.I.).
    • En los supuestos de separación o divorcio, resolución judicial donde se designa la persona que tiene la guarda y custodia.
    • En caso de tutela, acogimiento, adopción, etc., Resolución administrativa o judicial que acredite la persona que está legitimada para actuar en nombre de dichos menores.

INFORMACIÓN IMPORTANTE DE CARÁCTER ADICIONAL

La información es para supuestos generales, motivo por el que, en caso de duda y con la finalidad de facilitarle el trámite, puede conectar telefónicamente con el NEGOCIADO DE ESTADISTICA Y PADRON DE HABITANTES donde se le informará específicamente para su caso concreto. TFNO.- 954919508 y CORREO ELECTRONICO.- estadistica@doshermanas.es

HORARIO DE ATENCIÓN EN DEPENDENCIAS: De Lunes a Viernes de 9 ́00 horas a 13 ́30 horas.

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