CARNAVAL DOS HERMANAS 2026

CONCURSO DE AGRUPACIONES CARNAVALESCAS DE DOS HERMANAS 2026

Web:
BASES DEL CONCURSO DE AGRUPACIONES CARNAVALESCAS Y SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN
Inicio:
 | 
Finalización:
 | 

BASES REGULADORAS DEL II CONCURSO DE AGRUPACIONES
CARNAVALESCAS DE DOS HERMANAS 2026


Justificación de la convocatoria


El Concurso de Agrupaciones Carnavalescas de Dos Hermanas como actividad de ocio y cultura saludable, organizado por la Delegación de Participación Ciudadana de Dos Hermanas, se pone en marcha para fomentar la creación artística y cultural, e incentivando valores sociales, creativos y educativos. El Concurso se planifica debido al incremento positivo de la participación en el Carnaval de Dos Hermanas y al compromiso que mantiene este Ayuntamiento con la cultura y con el arte, para apoyar al mundo del Carnaval y a sus grandes creadores y creadoras.
La presente convocatoria cuenta con disponibilidad presupuestaria en la partida de 9240 48907 de premios de la Delegación de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Dos Hermanas, de acuerdo con la actualización del Plan de Estratégico de Subvenciones 2024-2026.


Objeto del concurso.


El Concurso nace como una alternativa de ocio cultural saludable. Entre sus objetivos principales se encuentran la promoción de valores artísticos y educativos, el incentivo e impulso de la creación artística, el fomento del carnaval y la música, además de poner en valor las tendencias artísticas, creativas y culturales innovadoras y el apoyo al mundo del carnaval.


Procedimiento de concesión y régimen jurídico.


El órgano competente para la instrucción del procedimiento será la Delegación de Participación
Ciudadana del Ayuntamiento de Dos Hermanas, correspondiendo a la Junta de Gobierno Local la aprobación de la convocatoria y la concesión de los premios, que habrá de realizarse en el plazo máximo de 6 meses desde la publicación de la convocatoria.
El procedimiento de concesión del premio se realizará en régimen de concurrencia competitiva, respetándose los principios de publicidad, objetividad, libre concurrencia e igualdad, así como la adecuación a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, y el RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de subvenciones.
Los premios convocados tendrán la consideración de subvención, aunque de especial naturaleza de conformidad con el art. 4.a. de la Ley General de Subvenciones, considerándose a los premiados como beneficiarios, quedando sujetos a la normativa anteriormente citada y a su especial naturaleza por ser premios de tipología educativa-cultural.


CAPÍTULO I


ARTÍCULO 1º INSCRIPCIÓN


Los grupos que se inscriban en el Concurso de Agrupaciones Carnavalescas de Dos Hermanas estarán encuadrados dentro de la modalidad de CHIRIGOTAS y COMPARSAS.
Las agrupaciones de las modalidades participantes podrán ser juveniles o adultas, siendo la edad mínima de los participantes de 16 años con autorización expresa de madre, padre o tutor/a de cada persona menor participante.
Todas las personas participantes deberán tener nacionalidad o residencia española, cumpliendo con las prescripciones del art. 13.2 de la Ley General de Subvenciones mediante
Declaración responsable.
El plazo de inscripción, estará abierto 15 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla a través de la base de datos nacional de subvenciones.
Sólo podrán participar en el Concurso aquellas Agrupaciones Carnavalescas inscritas en tiempo y forma. Las solicitudes deberán presentarse en el Registro Municipal o Sede Electrónica en tiempo y forma y deberán recibir confirmación de su inscripción para ser admitida.
Se atenderán las inscripciones por orden de presentación, limitándose a 9 agrupaciones por la modalidad de chirigotas y 9 agrupaciones por la modalidad de comparsa, un total de 18 agrupaciones como máximo.
Para cualquier duda podrán ponerse en contacto con la organización en el correo electrónico:
participacionciudadana@doshermanas.es o bien en el Tfno.: 954919529.
Cada grupo deberá entregar el repertorio a interpretar en soporte físico, con un mínimo de 24 horas antes de la semifinal. En caso contrario la agrupación podrá ser descalificada.
La inscripción a este concurso supondrá la total aceptación de estas bases.


ARTÍCULO 2º CHIRIGOTAS


Son aquellas agrupaciones carnavalescas que no están obligadas a interpretar su repertorio a más de una voz. El número de componentes no podrá ser inferior a 9 y límite máximo de 15 componentes en escena, pudiendo realizarse cambios entre pieza y pieza.
Los integrantes de las chirigotas se acompañarán de los siguientes instrumentos; bombo, con sus respectivos platillos, caja, opcionalmente de una guitarra española y un máximo de dos, y pitos carnavalescos, con los cuales se podrá “sacar el tono”, o dar la introducción musical al menos en pasodobles y cuplés. Cuando el tipo lo requiera podrán utilizar otros instrumentos, aunque sólo serán admitidos en la presentación, el estribillo y el popurrí.
La característica más importante por la cual se define a la chirigota es hacer reír utilizando sus letras a modo de crítica aunque en algunas letras, como por ejemplo en los pasodobles, se puedan tratar temas más serios.
El repertorio estará compuesto y será interpretado por este orden: presentación, dos pasodobles, dos cuplés con sus correspondientes estribillos y popurrí.
En caso de pasar a la final deberá haber un cambio en el repertorio al menos en un pasodoble y un cuplé, debiéndose presentar como máximo 24 horas antes del comienzo de dicha fase, la modificación del repertorio se podrá realizar antes de la actuación siempre y cuando un representante de la agrupación la entregue al jurado especificando el cambio que se realiza.


ARTÍCULO 3º COMPARSAS


Se denomina Comparsas a aquellas agrupaciones carnavales que interpretan su repertorio de manera obligada a dos voces como mínimo. El número de componentes se limitará a un mínimo de 12 y un máximo de 17.
Pueden acompañar sus interpretaciones con bombo, cajas, un máximo de tres guitarras españolas y pitos, pudiéndose “sacar el tono” con pitos o la voz, y dar la introducción musical al menos en pasodobles y cuplés. Cuando el tipo lo requiera podrán utilizar otros instrumentos, aunque sólo serán admitidos en la presentación, el estribillo y el popurrí.
El repertorio estará compuesto y será interpretado por este orden: presentación, dos pasodobles, dos cuplés con sus correspondientes estribillos y popurrí.
En caso de pasar a la final deberá haber un cambio en el repertorio al menos en un pasodoble y un cuplé, debiéndose presentar como máximo 24 horas antes del comienzo de dicha fase, la modificación del repertorio se podrá realizar antes de la actuación siempre y cuando un representante de la agrupación la entregue al jurado especificando el cambio que se realiza.


ARTÍCULO 4º TIPO


Comprende el título, el nombre de la agrupación y el disfraz que utiliza, presentándose como inédito en el título y original en el disfraz de agrupaciones ya conocidas en el carnaval.


CAPÍTULO II


ARTÍCULO 5º. SORTEO


El sorteo fija el orden de actuación de las distintas agrupaciones y se celebrará conforme a lo siguiente:

Recibidas las solicitudes de inscripción por orden de presentación, se procederá a dar a conocer las inscripciones admitidas antes de la celebración del sorteo que designará el orden de actuación en la semifinal.
La Delegación de Participación Ciudadana, entre las agrupaciones admitidas para el Concurso de Agrupaciones Carnavalescas de Dos Hermanas realizará un sorteo para establecer el orden de actuación de las distintas sesiones, aunque las actuaciones se realicen intercalando los diferentes estilos.
Si por motivos importantes, las agrupaciones intercambiasen entre ellas los turnos de mutuo acuerdo, deberán notificarlo con al menos 24 horas de antelación al comienzo de la fase previa para poderlo así comunicar a las partes afectadas.


CAPÍTULO III


ARTÍCULO 6º FASES DEL CONCURSO


El concurso constará de dos fases: Semifinal y Final.
Semifinal: En esta fase participarán las Agrupaciones legalmente inscritas y de acuerdo con el orden previamente establecido. El máximo de agrupaciones que participarán en las semifinales será de 18, los días a celebrar serán el 6, 7 y 8 de Marzo en el “Centro Social, Cultural y Deportivo Vistazul”, siempre modificable según el número de participantes. En esta fase no se permitirá el uso de forillos, atrezos o decorados.
Final: El jurado establecerá un máximo de 6 Agrupaciones que pasen a la Final, quedando a su criterio también cuántas agrupaciones de cada modalidad, con un máximo de 3 agrupaciones de cada modalidad. En esta fase se permitirá el uso de forillo a las agrupaciones participantes, debiendo ser entregado antes de las 12:00 horas del sábado 14 de Marzo.
El día a celebrar la Final será el 14 de Marzo en el Teatro Municipal Juan Rodríguez
Romero.
El orden de actuación se decidirá mediante un nuevo sorteo.


ARTÍCULO 7ºPREMIOS


Se establecen los siguientes premios:
                                                       Primer premio: 1.700 € (2.000€ - retención de 15% IRPF) y trofeo
                             Chirigota            Segundo premio: 1.275 € (1.500€ - retención de 15% IRPF) y trofeo
                                                       Tercer premio: 425 € (500€- retención de 15% IRPF) y trofeo



                                                        Primer premio: 1.700 € (2.000€ - retención de 15% IRPF) y trofeo
                              Comparsa          Segundo premio: 1.275 € (1.500€ - retención de 15% IRPF) y trofeo
                                                        Tercer premio: 425 € (500€- retención de 15% IRPF) y trofeo


Los premios en metálico están sujetos a las retenciones correspondientes de IRPF, y se aplicarán con cargo a la partida 9240 48907 Premios Delegación Participación Ciudadana del Presupuesto Municipal de 2026. El premio se abonará por transferencia bancaria. Las agrupaciones premiadas, para recibir el abono por transferencia bancaria, deberán presentar el formulario FICHA DE ALTA A TERCEROS por registro electrónico conforme a la ley
NOTA A TENER EN CUENTA: La ley 39/2015, en su artículo 14.2 establece que toda persona jurídica (asociaciones), En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo.
Por lo que la Asociación debe tramitar, solicitar y utilizar el Certificado digital de persona jurídica, no admitiéndose en adelante, la firma de documentos con certificados digitales personales de ningún miembro de la junta directiva.

Estos premios serán compatibles con otras subvenciones, ayudas o premios, con la limitación
de que no podrán haber sido premiados con anterioridad

CAPÍTULO IV

ARTÍCULO 8º PUNTUACIONES CHIRIGOTAS

Las puntuaciones se realizarán de forma individual por el presidente y los vocales que componen el jurado. (Capítulo V art. 9)

Las puntuaciones se establecen por cada apartado del repertorio compuesto por presentación, pasodoble 1, pasodoble 2, cuplé 1, estribillo 1, cuplé 2, estribillo 2, popurrí. Estableciéndose la puntuación máxima de cada pieza en la siguiente tabla:


Presentacion                    De 0 a 15 puntos          Max. 15 puntos

Pasodoble 1                     De 0 a 10 puntos          Max. 10 puntos

Pasodoble 2                     De 0 a 10 puntos          Max. 10 puntos

Cuplé 1                            De 0 a 20 puntos          Max. 20 puntos

Cuplé 2                            De 0 a 20 puntos          Max. 20 puntos

Estribillo 1                        De 0 a   5 puntos          Max.   5 puntos

Estribillo 2                        De 0 a   5 puntos          Max.   5 puntos

Popurrí                             De 0 a 20 puntos         Max. 20 puntos

Tipo y puesta en escena     De 0 a 5  puntos          Max. 5 puntos

Total                                                                    Max. 110 puntos
 

Cada uno de estos apartados se puntuará de manera global, obteniéndose dicha puntuación de su valoración musical, así como letra, afinación e interpretación.
A la hora de computar los puntos de los grupos, se sumarán todos los otorgados por cada juez en los distintos apartados.
Las agrupaciones que se clasifiquen para la Gran Final no podrán conocer sus puntuaciones de la fase previa hasta después de celebrada la final, con el objetivo de mantener el interés y la "sana rivalidad" entre ellas.
Las agrupaciones que no se clasifiquen para la Gran Final podrán ver las puntuaciones obtenidas en la fase previa. Así mismo, los grupos que actúen en la final podrán ver sus puntuaciones obtenidas, una vez concluido el certamen.


PUNTUACIONES COMPARSAS


Las puntuaciones se realizarán de forma individual por el presidente y los vocales que componen el jurado.
Las puntuaciones se establecen por cada apartado del repertorio compuesto por presentación, pasodoble 1, pasodoble 2, cuplé 1, estribillo 1, cuplé 2, estribillo 2, popurrí. Estableciéndose la puntuación máxima de cada pieza en la siguiente tabla:


Presentación                         De 0 a 15 puntos          Max. 15 puntos
Pasodoble 1                          De 0 a 20                     Max. 20 puntos
Pasodoble 2                          De 0 a 20                     Max. 20 puntos
Cuplé 1                                De 0 a 10                     Max. 10 puntos
Cuplé 2                                De 0 a 10                     Max. 10 puntos
Estribillo 1                            De 0 a   5                     Max.   5 puntos
Estribillo 2                            De 0 a   5                     Max.   5 puntos
Popurrí                                 De 0 a 20                     Max. 20 puntos
Tipo y puesta en escena         De 0 a   5                    Max.    5 puntos
Total                                                                       Max. 110 puntos


Cada uno de estos apartados se puntuará de manera global, obteniéndose dicha puntuación de su valoración musical, así como letra, afinación e interpretación.
A la hora de computar los puntos de los grupos, se sumarán todos los otorgados por cada juez en los distintos apartados.
Las agrupaciones que se clasifiquen para la Gran Final no podrán conocer sus puntuaciones de la fase previa hasta después de celebrada la final, con el objetivo de mantener el interés y la "sana rivalidad" entre ellas.
Las agrupaciones que no se clasifiquen para la Gran Final podrán ver las puntuaciones obtenidas en la fase previa. Así mismo, los grupos que actúen en la final podrán ver sus puntuaciones obtenidas, una vez concluido el certamen.


CAPÍTULO V


ARTÍCULO 9º COMPOSICIÓN DEL JURADO


Se establece un jurado experto en la materia y compuesto por, Presidencia, Secretaría y 2 Vocales que serán personas de reconocido prestigio en el mundo del carnaval.
La presidencia cumplirá y hará cumplir las presentes bases. Convocará y presidirá el jurado en todas las reuniones necesarias para el buen desarrollo del Concurso.
La Secretaría facilitará todos los documentos necesarios. Levantará actas de las posibles incidencias del Concurso. Auxiliará a presidencia en el exacto cumplimiento de las bases. Será responsable en todo momento de que toda la documentación de votación tenga carácter privado. Actuará con voz pero sin voto, siendo además intermediaria entre el jurado y la organización.


ARTÍCULO 10º INCOMPATIBILIDAD DEL JURADO


Los miembros del jurado no podrán ser representante legal, autor, director o componente de alguna agrupación que concurse tanto en la fase preliminar como en la final.
No podrán ser familiar en segundo grado de consanguinidad de algún componente de cualquier agrupación que concurse.
No podrán ser miembros de alguna entidad, que de alguna forma presente y/o patrocine cualquier agrupación que participe en el concurso.
Cualquier tipo de reclamación sobre incompatibilidades, se presentará por Registro General de Entrada con cuatro días antes del Concurso, quien resolverá antes de dicho concurso.


ARTÍCULO 11º ACTUACIONES Y DELIBERACIÓN DEL JURADO


El jurado estará formado cuando concurran: presidencia, secretaria y vocales.
Todas las deliberaciones del jurado tendrán carácter secreto.
Las puntuaciones totales podrán ser consultadas tal y como queda reflejado en el Capítulo IV
Art. 8 a efectos meramente informativos siendo el fallo del jurado inapelable.


ARTÍCULO 12º FALLO DEL JURADO


Una vez concluido el concurso de Agrupaciones Carnavalescas y en el menor tiempo posible se hará público el fallo del jurado; el cual será inapelable.
Al finalizar la fase final del concurso se publicarán los nombres y puntuaciones de todas las chirigotas participantes.


ARTÍCULO 13º PENALIZACIONES


El jurado del Concurso, podrá penalizar o descalificar a las agrupaciones que no se atengan a las siguientes normas:
La composición del número de componentes por cada modalidad de agrupación como se establece en el art. 1 y 2 del Capítulo I de las Bases Reguladoras.
El tiempo total de actuación de cada agrupación no podrá exceder de 30 minutos, siendo de 35 minutos el máximo de permanencia en el escenario ante el público. Los miembros del jurado decidirán la penalización que se establecerá por cada minuto o fracción a la agrupación que exceda al tiempo señalado.
Los representantes legales de las agrupaciones o miembros del jurado podrán hacer cualquier reclamación que estimen, sobre cualquier infracción supuestamente cometida por alguna
Agrupación. Estas reclamaciones serán estudiadas por el jurado, que posteriormente se pronunciará sobre las mismas.
No se podrá alterar el orden preestablecido para la interpretación del repertorio.
Las Agrupaciones durante su interpretación en escena, así como en su estancia en el teatro, deberán comportarse con la debida compostura y respeto hacia el público y hacia las demás agrupaciones. No se podrá subir con bebidas alcohólicas al escenario. De lo contrario será automáticamente descalificada.
La Organización facilitará cinco pases a cada agrupación para poder acceder durante su actuación al patio de butacas del teatro. La Organización indicará su ubicación a las personas que dispongan de estos pases.
El tiempo establecido para la utilización de los vestuarios será de una hora antes del comienzo de la actuación y treinta minutos al finalizar la misma.


PROTECCIÓN DE DATOS


Los solicitantes autorizan al Ayuntamiento para que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de Diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, incorporen sus datos contenidos en el expediente y sus trámites para su tratamiento, en un fichero automatizado, que tiene como finalidad facilitar las actuaciones de control y mejora de los procedimientos de gestión, comprobación y seguimiento correspondientes a los órganos que incorporan tales datos personales, quedando enterado de que, de acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica, pueden dirigirse por escrito a este
Ayuntamiento (Plaza de la Constitución nº 1 Dos Hermanas 41701) para ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de dichos datos, con prueba fehaciente de la identidad del peticionario, incluyendo como referencia “Protección de datos”.
Página 9 de 11
Las Agrupaciones deberán estar a disposición de la organización 30 minutos antes del comienzo previsto de su actuación.


ARTÍCULO 14º NOTIFICACIONES

Las Agrupaciones deberán estar a disposición de la organización 30 minutos antes del comienzo previsto de su actuación.

La Organización facilitará cinco pases a cada agrupación para poder acceder durante su actuación al patio de butacas del teatro. La Organización indicará su ubicación a las personas que dispongan de estos pases.

El tiempo establecido para la utilización de los vestuarios será de una hora antes del comienzo de la actuación y treinta minutos al finalizar la misma.

PROTECCIÓN DE DATOS


Los solicitantes autorizan al Ayuntamiento para que, de acuerdo con lo dispuesto en la LeyOrgánica 3/2018, de 5 de Diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, incorporen sus datos contenidos en el expediente y sus trámites para su tratamiento, en un fichero automatizado, que tiene como finalidad facilitar las actuaciones de control y mejora de los procedimientos de gestión, comprobación y seguimiento correspondientes a los órganos que incorporan tales datos personales, quedando enterado de que, de acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica, pueden dirigirse por escrito a este Ayuntamiento (Plaza de la Constitución nº 1 Dos Hermanas 41701) para ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de dichos datos, con prueba fehaciente de la identidad del peticionario, incluyendo como referencia “Protección de datos”.

 

 

 

 

 

 

Concejalías