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DEPARTAMENTO DE CONSUMO
LAS
FUNCIONES DE CONSUMO SE REALIZAN A TRAVÉS DE LA OMIC
( OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR
), Y SON LAS SIGUIENTES:
1ª.- Órgano mediador en los
conflictos que puedan surgir en materia de consumo entre los
ciudadanos y las empresas privadas.
2ª.- Tramitación de hoja de
reclamaciones, para lo cual se sigue el siguiente procedimiento:
a) El consumidor que considere lesionados sus derechos como
tal deberá interponer una hoja de reclamaciones al
establecimiento correspondiente. Es obligación de éste
contar en sus dependencias con las hojas de reclamaciones
oficiales emitidas por la Junta de Andalucía ( los
empresarios podrán adquirir estos ejemplares en el
Servicio de Consumo de la Junta de Andalucía, sito
en la Calle Cardenal Bueno Monreal a la altura del Puente
de las Delicias ), en caso contrario se levantará acta
por parte de la Policía Local y el establecimiento
será sancionado.
Si la empresa posee en sus instalaciones la hoja de reclamaciones
oficial, rellenaremos en el mismo establecimiento la citada
hoja, dejando en las instalaciones la copia rosa, mientras
que el reclamante se quedará con la blanca y con la
verde. Transcurridos 10 días hábiles desde la
interposición de la reclamación en el establecimiento
reclamado sin obtener respuesta alguna por parte de la misma
o, en caso de obtenerla, ésta sea contraria a nuestra
pretensión, llevaremos la copia verde y la blanca a
la OMIC, con objeto de proceder a la tramitación de
la misma.
En el supuesto en que el establecimiento reclamado no se
encuentre en el lugar de residencia del reclamante, éste
interpondrá directamente su reclamación en la
OMIC, aportando a la misma la documento acreditativa de la
reclamación a presentar.
b) Una vez recepcionada la reclamación
por parte de la OMIC, ésta la remitirá a la
empresa reclamada, con el requerimiento de que conteste a
la misma en el plazo de 10 días hábiles a su
recepción y según la contestación que
la empresa nos ofrezca, se archivará el expediente
por considerarla resuelta favorablemente al consumidor o se
remitirá su tramitación al órgano que
se crea correspondiente.
c) En el caso de que la empresa reclamada
no atienda los requerimientos que se le realicen, se remitirá
la reclamación directamente al Servicio de Consumo
de la Junta de Andalucía para que imponga la sanción
correspondiente.
d) Conviene resaltar que los consumidores
andaluces tenemos muchos medios para defender nuestros derechos
como tales, ya sea a través de nuestras OMICS, como
de Asociaciones de Consumidores
( con las cuales el Ayuntamiento de Dos Hermanas firma convenios
de colaboración y subvención ), Juntas Arbitrales
de Consumo, Consejos de Consumo... |