Inicio    Callejero    Vistas panorámicas    Listín telefónico y Edificios públicos    Contacto
Usuarios en línea: 170 
  Estás en Inicio Areas de Gobierno Económica Vivienda y Fomento
Vivienda y Fomento
  Página principal
  Mapa del Web
  Corporación Municipal 
  Areas de Gobierno 
    Económica
        Hacienda
        Vivienda y Fomento
    Relaciones Humanas
       y Calidad de Vida
    Técnica
       y de Grandes Proyectos
  Servicios al ciudadano 
  Contratación Administrativa
  Gabinete de comunicación 

DEPARTAMENTO DE CONSUMO

LAS FUNCIONES DE CONSUMO SE REALIZAN A TRAVÉS DE LA OMIC ( OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR ), Y SON LAS SIGUIENTES:

1ª.- Órgano mediador en los conflictos que puedan surgir en materia de consumo entre los ciudadanos y las empresas privadas.

2ª.- Tramitación de hoja de reclamaciones, para lo cual se sigue el siguiente procedimiento: a) El consumidor que considere lesionados sus derechos como tal deberá interponer una hoja de reclamaciones al establecimiento correspondiente. Es obligación de éste contar en sus dependencias con las hojas de reclamaciones oficiales emitidas por la Junta de Andalucía ( los empresarios podrán adquirir estos ejemplares en el Servicio de Consumo de la Junta de Andalucía, sito en la Calle Cardenal Bueno Monreal a la altura del Puente de las Delicias ), en caso contrario se levantará acta por parte de la Policía Local y el establecimiento será sancionado.

Si la empresa posee en sus instalaciones la hoja de reclamaciones oficial, rellenaremos en el mismo establecimiento la citada hoja, dejando en las instalaciones la copia rosa, mientras que el reclamante se quedará con la blanca y con la verde. Transcurridos 10 días hábiles desde la interposición de la reclamación en el establecimiento reclamado sin obtener respuesta alguna por parte de la misma o, en caso de obtenerla, ésta sea contraria a nuestra pretensión, llevaremos la copia verde y la blanca a la OMIC, con objeto de proceder a la tramitación de la misma.

En el supuesto en que el establecimiento reclamado no se encuentre en el lugar de residencia del reclamante, éste interpondrá directamente su reclamación en la OMIC, aportando a la misma la documento acreditativa de la reclamación a presentar.

b) Una vez recepcionada la reclamación por parte de la OMIC, ésta la remitirá a la empresa reclamada, con el requerimiento de que conteste a la misma en el plazo de 10 días hábiles a su recepción y según la contestación que la empresa nos ofrezca, se archivará el expediente por considerarla resuelta favorablemente al consumidor o se remitirá su tramitación al órgano que se crea correspondiente.

c) En el caso de que la empresa reclamada no atienda los requerimientos que se le realicen, se remitirá la reclamación directamente al Servicio de Consumo de la Junta de Andalucía para que imponga la sanción correspondiente.

d) Conviene resaltar que los consumidores andaluces tenemos muchos medios para defender nuestros derechos como tales, ya sea a través de nuestras OMICS, como de Asociaciones de Consumidores

( con las cuales el Ayuntamiento de Dos Hermanas firma convenios de colaboración y subvención ), Juntas Arbitrales de Consumo, Consejos de Consumo...

Información sobre
la Concejalía
Departamento de Consumo
Dirección de Mercado
Feria del Stock 2010
TDT
Enajenación Locales y Oficinas
Talleres de Verano



Si tiene algún problema con la página consulte con el Webmaster
Plaza de la Constitución, nº 1. Tlfn: 95 491 95 00 C.P. 41.700 SEVILLA

© Excmo. Ayuntamiento de Dos Hermanas, 2003